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FAQs
¿Qué es la firma electrónica?
Las firmas electrónicas, al igual que las firmas manuscritas, poseen un respaldo legal que refleja la intención de las partes involucradas en firmar un documento.
Según el eIDAS, o Reglamento Europeo N° 910/2014, las firmas electrónicas son «datos electrónicos empleados por el firmante para crear una firma», ya sea que estén unidos a otros datos electrónicos o lógicamente asociados a ellos.
Es decir, las firmas electrónicas son una forma segura y válida de dar consentimiento y autenticar documentos en el entorno digital.
¿Qué diferencia hay entre firma electrónica y firma digital?
La principal diferencia entre la firma electrónica y la firma digital radica en el nivel de seguridad y validación que ofrecen.
La firma electrónica es un concepto más amplio que abarca cualquier tipo de firma realizada de forma electrónica. Tiene validez legal porque deja su registro de la fecha y hora en que se realizó.
La firma digital es un tipo específico de firmas electrónicas que utilizan un sistema criptográfico para garantizar su autenticidad e integridad. Son las conocidas como firmas avanzadas y cualificadas. Proporciona un nivel más alto de seguridad, ya que utilizan evidencias y certificados digitales únicos asociados a cada firmante, lo que permite verificar la identidad de manera más confiable.
¿Qué es la multicanalidad o firma electrónica multicanal?
Son las diferentes opciones que la plataforma ofrece para que el firmante firme un documento y estas son:
¿Qué se puede firmar mediante la firma electrónica?
Esta modalidad de firma puede ser utilizada para formalizar una variedad de acuerdos, siempre y cuando no estén sujetos a restricciones que prohíban su uso. Algunos ejemplos comunes de uso incluyen contratos laborales, arrendamientos de inmuebles, contratos de seguros, consentimientos médicos, solicitudes de préstamo, compraventa de bienes muebles e inmuebles, acuerdos para el tratamiento de datos personales, entre otros.
¿Qué tan válida es una firma electrónica?
El eIDAS establece un marco armonizado para las firmas electrónicas en toda la Unión Europea, incluyendo España. Según esta regulación, las firmas electrónicas tienen la misma validez legal que las firmas manuscritas, siempre que se cumplan ciertos requisitos de seguridad y autenticidad.
Clientes que confían en Send2sign

“Gracias a Send2sign hemos optimizado la gestión de la inscripción en el casal por parte de las familias. La aceptación de la normativa y condiciones de pago a través de la plataforma nos da la máxima garantía y vigencia. Además, con la funcionalidad «Combinar Correspondencia» ahorramos mucho tiempo en hacer envíos.”
Mónica R. / Sòcia La Plec

“Con Send2sign tenemos una mayor efectividad en cada transacción además de ahorrar costes y papel. Toda la documentación que nuestros clientes firman mediante las Tablets, se guarda automáticamente en el cloud y además el cliente dispone de una copa del documento al momento.”
Edelweiss Vera / Administración en Autocasion Plus

“Su implementación, uso y la incorporación de nuevos usuarios en realmente sencilla y de fácil comprensión para los mismos. Ha sido relativamente fácil integrarla dentro de nuestro sistema operativo para los procesos de validación, revisión y aprobación de los documentos.”
Ramón S./ Director de Organización y Control Interno de Mussap

“Su facilidad de manejo. El hecho de que sea un sistema web nos ayuda a todos a trabajar sobre un sistema sencillo y centralizado. Es fácil de usar, muy muy fácil, y eso, lo hace muy valorado por los usuarios. Nosotros usamos especialmente la firma remota.”
Daniel G. / CIO Serviplana

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